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Visa americana para cubanos

Dos hechos deciden casi todo para un solicitante cubano en 2026, y uno de ellos casi no se publica en español.

La Habana: inmigrante sí, no inmigrante limitado

La Embajada de Estados Unidos en La Habana lo dice en su propia página de visas:

The U.S. Embassy in Havana currently processes all immigrant visa categories and offers limited nonimmigrant visa services.

Es decir: todas las categorías de visa de inmigrante, pero servicios limitados de no inmigrante. La leímos el 14 de septiembre de 2026.

Eso importa porque la B-1/B-2 —la visa de turismo y negocios, que es la que busca la mayoría— es una visa de no inmigrante. «Limitado» no es «ninguno», pero tampoco es un servicio completo, y es la razón por la que muchos solicitantes cubanos terminan entrevistándose en un tercer país.

Y ahí es donde el segundo hecho se vuelve caro.

La fianza lo sigue a donde vaya

La misma página publica el aviso. Desde el 21 de enero de 2026, los nacionales de Cuba que resulten elegibles por lo demás para una B-1/B-2 deben constituir una fianza de hasta 15.000 dólares. Del texto oficial:

  • El oficial consular le informa en la entrevista si es elegible y cómo pagarla.
  • Nunca use un sitio web de terceros para depositar la fianza, ni pague antes de que un oficial consular se lo indique.
  • No se emite la visa B-1/B-2 hasta que la fianza esté pagada.
  • Aplica sin importar dónde presente la solicitud.

Ese último punto es el que se malinterpreta. Si los servicios limitados en La Habana lo llevan a solicitar en Guyana, México, España o donde sea, la fianza va con usted: sigue a la nacionalidad, no al consulado. Cambiar de país cambia la fila, no el requisito.

Montos, formulario I-352 y cómo se devuelve: la fianza para la visa americana.

La Proclamación 10998 es una medida distinta

Cuba está en la lista de suspensión parcial: visas de inmigrante más B-1, B-2, F, M y J. Otras categorías de no inmigrante no están suspendidas.

La embajada dice expresamente que usted puede presentar la solicitud y asistir a la entrevista, aunque puede resultar inelegible. La tarifa no se reembolsa pase lo que pase. Vea la prohibición de entrada de 2026.

Estar en la proclamación y deber fianza son cosas distintas. En el caso de Cuba coinciden las dos, pero una no es consecuencia de la otra — Haití está en la proclamación y su página no tenía aviso de fianza cuando la leímos.

El «parole» no es esto

La página de La Habana también describe programas de parole, que es una autorización discrecional del DHS para entrar temporalmente, no una visa. No se solicita con el DS-160 y no sustituye a la entrevista consular. Si su caso es de parole, esta página no es la suya.

Dónde pagar la tarifa

La tarifa se paga en el sistema del país donde usted se entrevista, no en uno cubano: no existe un sistema de pago propio de Cuba. Si se entrevista en México, España o un país sudamericano, use la guía de ese país en pago de la tarifa.

Preguntas frecuentes

¿Puedo obtener una visa de turista en La Habana?

La embajada indica servicios limitados de no inmigrante, que es la categoría a la que pertenece la B-1/B-2. No es «ninguno», pero tampoco servicio completo; confirme en la propia página antes de hacer planes.

¿Solicitar en otro país evita la fianza?

No. El aviso oficial dice que aplica sin importar el lugar de presentación.

¿La Habana tramita visas de inmigrante?

Sí. La página indica que procesa todas las categorías de visa de inmigrante.

¿El parole sirve en lugar de la visa?

No. Es una figura distinta, discrecional, que no se pide con el DS-160.

¿La fianza es lo mismo que la tarifa?

No, y pagar una no reduce la otra. La tarifa no se reembolsa nunca.

Fuentes

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